Aunque una gran parte de los cambios incluidos en la primera pata de la reforma de las pensiones ideada por José Luis Escrivá afectó a las jubilaciones anticipadas, también se han producido modificaciones en lo que sería la otra cara de la moneda: las jubilaciones demoradas que premian retiros profesionales más allá de la edad de jubilación ordinaria.
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Noticias de Jubilación
El cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación no tiene por qué significar nada para el trabajador, ya que al igual que puede ejecutar ese retiro y pasar a cobrar pensión también tiene la posibilidad de retrasar la jubilación y seguir trabajando para recibir diferentes recompensas por el tiempo extra cotizado. Sin embargo, en algunas situaciones concretas el cumplimiento de esa edad puede conllevar su despido de la empresa y su jubilación efectiva.
Una de cal y otra de arena. Esa ha sido la tónica de los mercados durante el primer trimestre de 2022. La última semana la volatilidad se ha reducido, aunque los frentes abiertos que instalaron el pánico en las bolsas aún planean de fondo: la invasión rusa de Ucrania, la subida constante de la inflación y los descuentos de subida de tipos por parte de los mercados.
La normativa de la Seguridad Social apenas permite el cobro de varias pensiones que pertenezcan al mismo régimen a la vez. Sin embargo, existen ciertas excepciones en las que el ciudadano, si cumple con unos requisitos muy concretos, puede compatibilizar el cobro de esas dos pensiones.
El ciudadano siempre encara los últimos años de su vida laboral pensando cuándo podrá jubilarse y con qué pensión de jubilación. Sin embargo, podrá despejar ciertas dudas si acude a los organismos oficiales como, por ejemplo, la Seguridad Social que se encarga de gestionar este tipo de prestaciones.
La gran preocupación de los trabajadores a lo largo de su carrera profesional es cuánta pensión de jubilación les quedará en un futuro. Para ello deben acumular cotizaciones, las máximas posibles, y son ellas las que determinan la cuantía de esa pensión de jubilación que dichos trabajadores desean cobrar el resto de su vida.
Aunque todos los trabajadores fantasean con adelantar su jubilación para poder dejar su carrera laboral antes de tiempo, lo cierto es que solo algunos pueden acogerse a jubilaciones anticipadas. Para los demás queda la edad de jubilación ordinaria, que ha aumentado ligeramente con la entrada del nuevo año.
Muchos autónomos no son conscientes de las dificultades que supone obtener una pensión de jubilación suficiente para atender a las necesidades de una vida tras la etapa laboral. Es necesario cumplir una serie de requisitos para que la cuantía del subsidio sea elevada.
Aunque a menudo el gran deseo de los trabajadores jubilarse cuando les llega la edad de jubilación ordinaria (o incluso adelantarse a esa edad si reúnen los requisitos necesarios), existen ocasiones en las que estas personas, por el motivo que sea, prefieren retrasar la llegada de la jubilación y seguir trabajando durante un periodo de tiempo.
Si hay una pregunta que se hace el grueso de los trabajadores a lo largo de su vida es con qué pensión de jubilación se quedarán cuando decidan retirarse definitivamente y aparcar su carrera profesional.
El cumplimiento de los requisitos para cobrar una pensión contributiva de jubilación afecta a toda la vida del trabajador, tanto al cómputo global como a los últimos años de su carrera. Y en este punto sí pueden existir problemas para los futuros jubilados, ya que en circunstancias muy concretas pueden quedarse sin acreditar ese requisito de cotización.
Las pensiones de los nuevos jubilados crecen un 8% respecto a 2019, y se sitúan en el nivel de los 1.590 euros.
La pensión de jubilación es una preocupación recurrente a medida que se va llegando al fin de la etapa laboral: "¿cuánto cobraré?", "¿cuántos días me quedan por cotizar?", "¿habré trabajado las horas suficientes para tener un subsidio decente?". Las dudas son naturales. Sin embargo, hoy en día existen múltiples formas de responder a estas preguntas sin necesidad de acercarse a una oficina.
Ante la necesidad de tener una pensión de jubilación de una cuantía determianda para staisfacer sus necesidades económicas, los trabajadores tienen diferentes formas de aumentar sus cotizaciones (y, en paralelo, la posibilidad de aumentar la futura cuantía de la prestación) mientras alargan un periodo de tiempo su vida laboral. Una de ellas permite el cobro a la vez del salario y de la pensión a la que, en el momento de la edad ordinaria de jubilación, el trabajador ha generado.
Poder disfrutar de una pensión contributiva de jubilación es, quizá, la principal preocupación de los trabajadores a lo largo de su vida laboral. Para poder conseguirla hay que acreditar ciertos requisitos, entre los cuales destaca uno por encima del resto: una cotización previa a la Seguridad Social por contingencias comunes.
No hay ninguna duda que se repita más en la mente de los trabajadores a lo largo de su vida laboral. ¿Cuándo podré jubilarme? ¿Cuál será mi pensión de jubilación? Son las dos cuestiones más importantes de las personas que ya ven cercano el momento de jubilarte definitivamente, pero a menudo no se conoce la respuesta exacta a esas dudas.
Las pensiones de jubilación son las más numerosas dentro del abanico de pensiones contributivas que abona mes a mes a la Seguridad Social. Las prestaciones por este concepto pagadas en el mes de marzo fueron 6,23 millones de los 9,29 totales, aunque existen diferencias entre ellas, como por ejemplo en la cuantía de dichas pensiones.
La jubilación en España supone una serie de beneficios frente al entorno: los españoles reciben una pensión un 72% de su salario, mientras que en el conjunto de las economías desarrolladas de la OCDE la media se coloca en apenas el 49%. Esta conocida tasa de reemplazo o sustitución mide la pérdida (o mantenimiento) del poder adquisitivo en comparación con los ingresos percibidos durante la vida laboral. La propia presidenta de la Comisión del Pacto de Toledo y secretaria de Seguridad Social del PSOE, Magdalena Valerio, señala esta proporción como una señal evidente del cambio estructural de la demografía en relación al gasto en pensiones.
El cobro de una pensión de jubilación contributiva no está exento del cumplimiento de una serie de condiciones y requisitos entre los que destaca, por encima de todos, el de la cotización previa: se necesitan un mínimo de 15 años cotizados para poder cobrar esta prestación que en la actualidad reciben más de 6,2 millones de personas en España.
Uno de los problemas que puede enfrentar el trabajador a lo largo de su vida laboral de cara a la obtención de su futura pensión de jubilación es la acumulación de periodos sin cotizar por motivos de desempleo, especialmente en los casos de larga duración. En esta situaciones cabe la posibilidad de que la Seguridad Social compense estas ausencias de cotización en el momento del cálculo de la pensión.
Cotizar a la Seguridad Social es obligatorio para el cobro en el futuro de las pensiones, especialmente la de jubilación, ya que es la más abonada en nuestra país. Los periodos sin cotizar, por lo tanto, perjudican al trabajador porque le hacen más complicado conseguir una pensión y pueden reducir la cuantía de estas prestaciones.
Uno de los mantras más repetidos por los trabajadores es que deben acumular cotizaciones para poder asegurarse en el futuro una pensión de jubilación que cumpla con sus necesidades una vez se retiren de la vida laboral, pero más allá de este lugar común hay que saber que realmente los años cotizados, y especialmente los previos a la jubilación, son realmente claves de cara a la jubilación.
Las dos pensiones que más se abonan en España son las pensiones contributivas de jubilación (6,2 millones) y las pensiones contributivas de viudedad (2,3 millones), que en casos muy concretos se pueden abonar a la misma persona, que tendrá derecho a cobrar las dos pensiones a la vez si cumple los requisitos que se exigen para ello en la Seguridad Social.
La pensión de jubilación, al contrario de lo que mucha gente cree, está considerada como rendimiento del trabajo, por lo que no está exenta de Impuesto sobre la Renta. Por tanto, si se superan los límites anuales, es obligatorio presentar declaración.
El deseo de un trabajador es acumular las cotizaciones suficientes para, cuando llegue el momento de la jubilación, poder cobrar una pensión de un importe suficiente para tener cubiertos los gastos en nuestra etapa de retiro, algo que no siempre se consigue recurriendo simplemente al trabajo, ya sea por cuenta propia o ajena, hasta la edad de jubilación.
Identificar las grandes tendencias que cambian el mundo es una obligación de todas las profesiones, así como evaluar el posible impacto que pudieran tener en ellas, ya sea favorable o desfavorable.
La Seguridad Social y la Función Pública afrontan un reto que tendrán que abordar de forma conjunta. Tras la parálisis de contratación del sector público a partir de 2010 y durante la pasada década, la medida de edad del funcionariado alcanza los 52 años, 55 en el caso de los A1. Este envejecimiento de la plantilla se traduce en un dato que prevé un vacío en el sector público: el 56% se jubilará esta década.
La brecha que sufren los autónomos al jubilarse supera los 400 euros mensuales frente a las pensiones medias de jubilación que suma el total del sistema. En todo caso, la cuantía que perciben los trabajadores por cuenta propia sitúa su nivel de renta por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y la jubilación se establece como uno de los puntos de máxima preocupación del sector.
Uno de los objetivos más buscados por José Luis Escrivá y su reforma de las pensiones ha sido la alineación de la edad real y la edad efectiva de jubilación. Lo que el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones pretende es acercar la jubilación de los trabajadores a la edad de jubilación ordinaria para hacer el sistema de pensiones más sostenible, con las jubilaciones de los baby boomers (y el esfuerzo que supondrá para dicho sistema) en el horizonte.
La edad real de jubilación lleva estancada en la franja de los 64 años desde hace una década, pese a la entrada en vigor de tres reformas de pensiones que tenían entre sus objetivos cerrar la brecha respecto a la edad legal, que en este periodo ha pasado de los 65 a los 66 años y dos meses.