04/12/2020, 07:47
Fri, 04 Dec 2020 07:47:36 +0100
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Para calcular la existencia de un incremento o de una disminución del valor de los terrenos en el impuesto municipal de plusvalía (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana -IIVTNU-), los gastos de urbanización soportados con posterioridad a la adquisición del terreno, cuya posterior enajenación determina el hecho imponible, no deben considerarse como un mayor precio de adquisición, puesto que se integran en el valor de los terrenos, como elemento del incremento de valor que se refleja en el precio de transmisión.